Las pequeñas y medianas empresas son el motor de la economía. 

Para efectos contables hay algunos requisitos que se deben cumplir para pertenecer a este grupo y así poder mostrar las cuentas pymes.

El Plan General de Contabilidad señala que las empresas que tengan importes netos inferiores a 8.000.000 euros, total de activos inferior a 4.000.000 euros y una plantilla no mayor a 50 trabajadores son consideradas como pymes y pueden presentar su cuenta pyme ante el Registro Mercantil.

¿Qué son las cuentas anuales de una pyme?

Como toda empresa es necesario presentar ante el Registro Mercantil las cuentas anuales para verificar la situación financiera. 

Al final del ejercicio económico, los administradores deben organizar la información que exige la ley. 

Las cuentas deben incluir el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria pues así se especifica en el Plan General de Contabilidad.

Tener una empresa implica cumplir con toda la normativa legal vigente. Y una de las normativas que se debe cumplir es la de presentar las cuentas anuales ante el registro mercantil donde se domicilie la empresa.  

¿Cuándo hay que presentar las cuentas anuales de las pymes?

La fecha máxima para elaborar las cuentas anuales es de tres meses después del cierre del ejercicio económico que, generalmente, es el 31 de marzo.

La empresa debe reunirse dentro de los 6 primeros meses de cada ejercicio para aprobarlas y resolver sobre la aplicación del resultado. 

La presentación en el Registro Mercantil debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a la Junta General donde fueron aprobadas. Para la mayoría de las sociedades, cuyo ejercicio social coincide con el año natural, el plazo para el depósito de las cuentas anuales finaliza el día 30 de julio.

Nuestros asesores te ayudarán a presentar tus cuentas en tiempo y forma.

 

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